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Sin votos pendientes del extranjero, la definición de la segunda vuelta queda en manos de las actas observadas

La segunda vuelta presidencial ha ingresado a su fase decisiva. Con el 98,2% de las actas contabilizadas, Keiko Fujimori mantiene una ligera ventaja de apenas 759 votos sobre Roberto Sánchez, en una de las elecciones más ajustadas de la historia del Perú.

Aunque la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) se aproxima al 100% de actas contabilizadas tanto en territorio nacional como en el extranjero, ello no significa que el país conozca de inmediato a su próximo presidente.

‘’El resultado oficial dependerá de la resolución de las actas observadas y de la posterior proclamación de resultados por parte del Jurado Nacional de Elecciones (JNE)’’, sostuvo Juan Carlos Álamo Castro, especialista en derecho electoral.

Actualmente, solo quedan 11 actas pendientes de contabilización en Loreto, mientras que el voto extranjero ya fue procesado en su totalidad. No obstante, en el exterior permanecen 140 actas observadas, las cuales forman parte del universo de expedientes que deberán ser revisados por los organismos electorales y que, además, corresponden a circunscripciones donde Keiko Fujimori obtuvo la mayoría de votos.

Más de 1.600 actas observadas siguen en evaluación

El principal foco de atención ya no está en las actas pendientes, sino en las 1.623 actas observadas enviadas a los Jurados Electorales Especiales (JEE).

De ese total, aproximadamente 1.100 actas observadas corresponden a regiones donde Keiko Fujimori obtuvo la mayoría de votos, entre ellas Lima (908), Callao (61), Piura (57), La Libertad (37), Ica (22), Lambayeque (13) y Tumbes (2).

En contraste, las regiones donde ganó Roberto Sánchez reúnen 314 actas observadas, distribuidas principalmente en Cusco (55), Áncash (45), Ucayali (36) y Puno (24), además de otras jurisdicciones del sur del país.

A ello se suman 140 actas observadas en el extranjero, una circunscripción donde también se impuso Keiko Fujimori.

La diferencia en la distribución territorial de estas actas es uno de los elementos que observan los especialistas para proyectar la tendencia del resultado final.

«El candidato Roberto Sánchez ya no tiene bolsones de regiones a donde se pueda ir sumando. Lo único que queda son las actas observadas. Es bastante complicado, por no decir imposible, que pueda voltear esta figura que ya tenemos el día de hoy», sostuvo Álamo Castro.

¿Qué ocurre con las actas observadas?

Las actas observadas son aquellas que presentan inconsistencias numéricas, problemas de legibilidad, ausencia de firmas o votos impugnados que requieren una revisión adicional antes de incorporarse al cómputo oficial.

Cada expediente es remitido al Jurado Electoral Especial correspondiente, donde se realizan audiencias públicas para determinar si el acta debe validarse, corregirse o, excepcionalmente, anularse.

Según Álamo, la anulación es una situación poco frecuente. ‘’Siempre va a primar la validez del voto. Es bien difícil que un acta electoral se declare nula», agregó el especialista.

Una vez emitida la resolución, las organizaciones políticas cuentan con tres días para presentar apelaciones. Si estas ocurren, el caso es elevado al Jurado Nacional de Elecciones, que deberá convocar nuevas audiencias y emitir una decisión definitiva.

«Una vez que las actas observadas sean resueltas, tiene que pasar tres días calendario para que las organizaciones políticas puedan impugnar. Si hay apelaciones, el caso pasa al Jurado Nacional de Elecciones y eso requiere tiempo», explicó.

Aún no existe un ganador oficial

Pese a la estrecha ventaja de Fujimori y a la tendencia favorable que muestran las actas observadas, la legislación electoral impide proclamar un ganador hasta que concluya todo el procedimiento legal.

Incluso si la ONPE alcanza el 100% de actas contabilizadas en los próximos días, el resultado seguirá siendo preliminar mientras existan expedientes pendientes de resolución.

La proclamación oficial solo podrá realizarse cuando el Jurado Nacional de Elecciones convoque una sesión pública para declarar ganador al candidato que haya obtenido la mayor cantidad de votos válidos en la segunda vuelta.

‘’El presidente del JNE, Roberto Burneo, estimó que este proceso podría tomar alrededor de 30 días, por lo que la proclamación presidencial se realizaría recién a mediados de julio’’, aclaró Álamo.

Ambos partidos buscan anular votos en territorios adversos

La disputa electoral también se ha trasladado al terreno legal. Tanto Fuerza Popular como Juntos por el Perú han presentado recursos de nulidad dirigidos principalmente a mesas ubicadas en territorios donde sus candidatos fueron derrotados.

Fuerza Popular busca anular 7.014 votos en Puno, región donde Roberto Sánchez obtuvo uno de sus mayores respaldos. De ese total, 5.932 votos corresponden al candidato de Juntos por el Perú y 715 a Keiko Fujimori. El partido argumenta que sus personeros habrían sido impedidos de participar durante la instalación de algunas mesas.

Por su parte, Juntos por el Perú presentó un recurso para anular 1.751 mesas de sufragio a nivel nacional, alegando la existencia de presuntos patrones irregulares y posibles indicios de fraude electoral.

No obstante, Juan Carlos Álamo considera que las denuncias deben ser evaluadas dentro de los cauces institucionales y advierte sobre los riesgos de instalar narrativas de fraude sin pruebas concluyentes.

«El tema de ir más allá y manifestar un fraude electoral es bastante inoficioso. Ahora que los resultados son distintos, resulta indebido realizar ese tipo de manifestaciones que podrían poner en riesgo la democracia que tanto nos ha costado recuperar», afirmó.

El especialista señaló que los pedidos de nulidad forman parte de los mecanismos legales contemplados en cualquier proceso electoral y que su presentación no constituye evidencia de manipulación de resultados.

Keiko Fujimori mantiene una ventaja de 759 votos sobre Roberto Sánchez al 98,2% de actas contabilizadas. Sin embargo, el país aún no tiene un ganador oficial: más de 1.600 actas observadas deberán ser resueltas por los organismos electorales antes de la proclamación definitiva.

11 junio, 2026