Los jurados electorales especiales tienen hasta el 28 de octubre para realizar los recuentos de votos correspondientes a las elecciones regionales, informó Jorge Valdivia, integrante del gabinete de asesores del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
El procedimiento forma parte de la revisión de las actas electorales observadas durante las Elecciones Regionales y Municipales 2026. Estas actas son evaluadas por los órganos electorales competentes para determinar si corresponde validar su contenido, corregir observaciones o disponer el recuento de votos, según cada caso.
Valdivia explicó que, a nivel nacional, se habían recibido 6.930 actas observadas en los jurados electorales especiales y se habían generado 6.841 expedientes relacionados con actas electorales. Precisó que el avance en la resolución de estos casos varía según la fecha de recepción de las actas y de apertura de los expedientes.
Las actas observadas son aquellas que presentan inconsistencias o situaciones que requieren una evaluación por parte de los órganos electorales. Dependiendo de la observación y del procedimiento aplicable, los jurados electorales especiales pueden resolverlas o disponer el recuento de votos.
El estado de las actas y los recuentos programados pueden consultarse en el portal institucional del JNE. La plataforma permite aplicar filtros por tipo de elección y jurisdicción para revisar la información correspondiente.
¿Qué pasa si un acta se pierde o se destruye?
Valdivia explicó que, cuando un acta electoral está siniestrada o extraviada, se inicia un procedimiento de búsqueda de los ejemplares disponibles. Si corresponde, puede realizarse un recuento a partir de las cédulas de sufragio que conserva la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
Si tampoco se encuentran las cédulas, la ONPE puede solicitar a las organizaciones políticas las copias de las actas entregadas a sus personeros. Cuando existen copias con contenido idéntico, estas pueden ser validadas conforme a los criterios de la jurisprudencia electoral. Si presentan diferencias, el caso debe evaluarse según el procedimiento aplicable.
El especialista también señaló que las solicitudes de nulidad electoral se analizan a partir de los medios probatorios y los informes de fiscalización, con el fin de determinar si se produjeron irregularidades graves que justifiquen esa medida.
El plazo del 28 de octubre corresponde a la realización de los recuentos de votos de las elecciones regionales. La resolución de las actas observadas y la proclamación de resultados dependen de los procedimientos y decisiones que correspondan a cada expediente.