Un informe de control específico emitido por la Contraloría General de la República del Perú ha revelado un significativo perjuicio económico de S/ 760.237,97 a la Municipalidad Distrital Veintiséis de Octubre. La irregularidad se relaciona con la aprobación de un expediente técnico reformulado para la obra “Creación del servicio de movilidad urbana en las vías locales del A.H. La Península en el Centro Poblado de San Martín”, el cual presentaba una sobrevaloración en la cantidad de horas hombre y un rendimiento injustificado en la partida de señalización.
El informe, identificado con el número 052-2025-2-6042-SCE, abarca el período del 2 de marzo de 2022 al 3 de octubre de 2025 y fue emitido el 22 de diciembre de 2025. Su objetivo principal fue determinar si la reformulación y aprobación del expediente técnico de la obra, con Código Único de Inversiones n.° 2544033, se realizaron conforme a la normativa aplicable.
La materia de control se centró en evaluar los hechos relacionados con la aprobación de la reformulación del expediente técnico, donde se habría determinado una sobrevaloración en la cantidad de horas hombre y un rendimiento injustificable en la partida “01.07 Señalización en obra durante ejecución”. Esta situación generó un incremento injustificado en el presupuesto por un importe de S/ 844.708,87 y, consecuentemente, un perjuicio económico a la entidad por S/ 760.237,97.
El expediente técnico de la obra fue elaborado por el consorcio M&V, integrado por los profesionales trujillanos Victor Hugo Beyodas Gallardo y Miguel Angel Monsel Jimenez. Además, el año pasado la Contraloría también alertó deficiencias en el proceso constructivo de la obra, con deterioro en el concreto de la pista y falta de señalización.

Los hallazgos
La investigación de la Contraloría se inició como un servicio de control posterior programado en el Plan Anual de Control 2025 del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital Veintiséis de Octubre. La orden de servicio n.° 2-6042-2025-002 fue registrada en el Sistema de Control Gubernamental (SCG) y el proceso se formalizó mediante oficio n.° 000819-2025-CG/OCI6042 de 10 de noviembre de 2025.
Según el informe, la sobrevaloración se detectó al comparar el precio unitario de la partida «Señalización en Obra» en el expediente técnico reformulado con el precio estimado en el estudio de preinversión y con partidas similares en expedientes técnicos de otras obras ejecutadas por la misma entidad. El precio unitario en el expediente reformulado era de S/ 45,67, mientras que en el estudio de preinversión, con precios de diciembre de 2021, era de S/ 1,07.
La Contraloría determinó que el rendimiento calculado para la partida de señalización en el expediente técnico reformulado era «excesivamente bajo» e «injustificable». Por ejemplo, se estableció que una cuadrilla de 0,10 operarios y 2,00 peones ejecutaría solo ocho metros de señalización en una jornada laboral de ocho horas, lo que se traduce en un metro por hora de trabajo. Este rendimiento contrasta drásticamente con los rendimientos de partidas similares en otras obras de la municipalidad.
El precio unitario en el expediente reformulado era de S/ 45,67, mientras que en el estudio de preinversión, con precios de diciembre de 2021, era de S/ 1,07.
El informe detalla que el expediente técnico primigenio, aprobado el 20 de octubre de 2023 por el gerente de Desarrollo Urbano, Felipe Iván Sánchez Cumbicus, ya presentaba un rendimiento incongruente. Para la misma partida, se estimaba que la cuadrilla ejecutaría dos metros de señalización en ocho horas, lo que resultaría en 7.273,18 días de trabajo para el peón, equivalente a 19,93 años, un tiempo “incongruente” con el plazo de ejecución de 180 días calendario de la obra.
Posteriormente, el 2 de agosto de 2024, se aprobó una actualización de costos del expediente técnico, también por Felipe Iván Sánchez Cumbicus. Aunque el precio unitario de la partida de señalización se redujo en aproximadamente un 49,20% (de S/ 88,91 a S/ 45,67), la Contraloría concluyó que el recurso de mano de obra seguía incidiendo «excesivamente» debido a un rendimiento «muy bajo» e «injustificable».

Finalmente, el 6 de noviembre de 2024, Felipe Iván Sánchez Cumbicus aprobó la reformulación del expediente técnico, manteniendo el precio unitario de S/ 45,67 para la partida de señalización. Este expediente reformulado fue el contractual con el que se adjudicó la buena pro al Consorcio Keissy Fernanda para ejecutar la obra, conformado por las empresas Constructora e inmobiliaria ENSAMAR SRL y Servicios Generales Keissy Fernanda SCRL.
Partidas sobrevaloradas
La Contraloría verificó que la oferta del Consorcio Keissy Fernanda también consideró la sobrevaloración en la partida de señalización. La entidad pagó las valorizaciones correspondientes a la ejecución de la obra, incluyendo esta partida sobrevalorada, por un importe total de S/ 9.041.031,62. Hasta la valorización n.° 9, la partida de señalización había sido pagada en su totalidad, con un avance físico acumulado del 100%.
Una visita in situ realizada el 26 de agosto de 2025 confirmó la ejecución de la partida de señalización, que consistía en cinta señalizadora de peligro con malla de señalización entre parantes de madera con base de cemento y conos de seguridad. La Contraloría enfatizó que, a pesar del costo elevado, estos trabajos son de carácter provisional y serían desmontados al finalizar la obra, lo que hace aún más injustificable el rendimiento empleado.
El perjuicio económico directo a la entidad por la sobrevaloración de la partida de señalización fue de S/ 760.237,97.
La Contraloría determinó que la entidad no consultó la información histórica de rendimientos y cuadrillas de expedientes técnicos de obras anteriores, lo que habría permitido establecer un precio unitario razonable. Se calculó que el precio unitario de la partida de señalización, basado en un promedio de rendimientos de obras similares, debió ser de S/ 4,66, lo que representa una diferencia de S/ 41,01 con el precio consignado en el expediente reformulado.

Este incremento injustificado en el valor referencial del expediente técnico reformulado ascendió a S/ 844.708,87. Considerando la oferta del contratista, el perjuicio económico directo a la entidad por la sobrevaloración de la partida de señalización fue de S/ 760.237,97.
Los responsables de la sobrevaloración
El informe identifica a tres personas con presunta responsabilidad en los hechos:
1. Felipe Iván Sánchez Cumbicus, gerente de Desarrollo Urbano de la gestión de Víctor Hugo Febre, desde el 2 de agosto de 2023. Se le atribuye presunta responsabilidad administrativa funcional no sujeta a la potestad sancionadora de la Contraloría y presunta responsabilidad civil. Su accionar indebido se manifiesta en la emisión de las Resoluciones de Gerencia de Desarrollo Urbano n.° 0202-2024-MDVO/GDU (2 de agosto de 2024) y n.° 0256-2024-MDVO/GDU (6 de noviembre de 2024), mediante las cuales aprobó la actualización y reformulación del expediente técnico sin advertir el uso de un rendimiento injustificado en la partida de señalización. Esto contraviene sus funciones de gestionar el sistema de inversión y aprobar expedientes técnicos, así como principios de diligencia, salvaguarda de intereses del Estado, probidad y legalidad.
2. Johny Henry Castillo Calderón, subgerente de Infraestructura desde el 2 de agosto de 2023. Se le atribuye presunta responsabilidad administrativa funcional no sujeta a la potestad sancionadora de la Contraloría y presunta responsabilidad civil. Su responsabilidad radica en emitir pronunciamientos favorables a la actualización y reformulación del expediente técnico (Informes n.° 01552 y 2216-2024-MDVO/GDU-SGI de 1 de agosto y 31 de octubre de 2024, respectivamente), sin advertir el rendimiento injustificado. Esto incumple sus funciones de supervisar y controlar la elaboración de expedientes técnicos, así como principios de diligencia, salvaguarda de intereses del Estado, probidad y legalidad.

3. Jorge Luis Bulnes Gallardo, asistente técnico en la Gerencia de Desarrollo Urbano (1 de julio al 31 de julio de 2024) y en la Subgerencia de Infraestructura (1 de octubre al 31 de octubre de 2024). Se le atribuye presunta responsabilidad civil. Su accionar indebido consiste en realizar la actualización y reformulación del expediente técnico, considerando la sobrevaloración en el precio unitario de la partida de señalización y un rendimiento injustificable. Esto contraviene los términos de referencia de sus órdenes de servicio, que exigen honestidad, probidad, veracidad e integridad.
La Contraloría ha recomendado al titular de la comuna distrital realizar las acciones necesarias para el deslinde de responsabilidades de los funcionarios y servidores públicos involucrados. Asimismo, el informe ha sido remitido a la Procuraduría Pública de la Contraloría General de la República para el inicio de las acciones civiles correspondientes.