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Exclusión de Richard Baca en Morropón: abogado advierte que el JNE podría revocar fallo

El futuro electoral de Richard Baca quedó en manos del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). El actual alcalde de Morropón fue excluido el 20 de agosto por el Jurado Electoral Especial (JEE) de esa provincia, luego de que el candidato a la alcaldía de su lista renunciara a la postulación y Baca quedara como cabeza de lista de cara a las próximas elecciones.

El órgano electoral consideró que esta situación podía configurar una forma de “reelección encubierta”, debido a que, de ganar la lista, Baca podría terminar nuevamente al frente de la municipalidad que actualmente dirige.

Sin embargo, Juan Carlos Álamo, defensa legal del candidato, cuestionó la resolución y sostuvo que la decisión carecería de sustento en una causal de exclusión expresamente contemplada por la normativa electoral. A su juicio, el JEE habría construido una causal a partir de una eventual situación futura, cuando las exclusiones deben sustentarse en supuestos establecidos por la ley.

“Es una resolución inoficiosa porque no existe una causal de exclusión por reelección encubierta. Las causales de exclusión están establecidas expresamente en la normativa y no se puede crear una causal a partir de una interpretación”, señaló.

Álamo recordó que entre los supuestos que pueden llevar a la exclusión de un candidato figuran situaciones como la entrega de dádivas, determinadas infracciones vinculadas a la declaración de hoja de vida o la omisión de información relevante, pero no una eventual reelección derivada de la modificación de una lista electoral.

La controversia también quedó reflejada en la propia votación del JEE de Morropón. Dos de los tres integrantes del colegiado respaldaron la exclusión de Baca, mientras que el tercer miembro, representante del Ministerio Público, emitió un voto en discordia.

Según el abogado, este último consideró que el procedimiento era “totalmente ilegal” debido a la inexistencia de una causal que permita excluir al candidato bajo los argumentos planteados en la resolución.

Además, cuestionó que el JEE haya recurrido a un control constitucional difuso sobre el artículo 194 de la Constitución, referido a la elección y reelección de autoridades municipales, sin considerar los criterios previamente establecidos por el JNE.

En particular, mencionó la Resolución N.° 1213-2022-JNE y otros pronunciamientos emitidos por el máximo órgano electoral. Para Álamo, estos antecedentes establecen cómo debe interpretarse el alcance de la prohibición constitucional.

El caso llegará al JNE

La resolución todavía no es definitiva. Baca tiene un plazo de tres días calendario desde su notificación para presentar un recurso de apelación ante el propio JEE de Morropón, que se cumple este domingo. 

El jurado especial deberá revisar primero que el recurso cumpla con los requisitos formales y, de ser admitido, remitirá el expediente al JNE en Lima. El máximo organismo electoral deberá resolver el caso en última y definitiva instancia. De acuerdo con el cronograma señalado por el asesor legal, el plazo para emitir una decisión vence el 4 de septiembre.

Álamo considera que existen altas posibilidades de que el JNE revoque la decisión adoptada en Morropón.

“Es altamente probable que el JNE revoque esta resolución porque existen antecedentes y criterios jurisprudenciales que apuntan en esa dirección”, sostuvo.

El abogado recordó que el máximo órgano electoral ya ha resuelto controversias relacionadas con la interpretación del artículo 194 de la Constitución y que, en su opinión, el caso de Baca debería analizarse bajo esos mismos criterios.

La decisión del JEE de Morropón también genera interrogantes debido a que existen otras candidaturas en la región que podrían encontrarse en situaciones similares. Norte Sostenible ha identificado por lo menos siete casos con características parecidas en Piura.

Sin embargo, Álamo descartó que la resolución pueda convertirse automáticamente en un precedente para esos candidatos. Explicó que se trata de una decisión particular que todavía puede ser revisada por el JNE y que, además, los plazos para presentar nuevos pedidos de exclusión ya habrían vencido.

Consideró que el caso sí deja en evidencia una discusión pendiente sobre los alcances del artículo 194 de la Constitución y la necesidad de precisar sus efectos para futuros procesos electorales.

A su juicio, corresponde al Congreso evaluar una reforma que cierre los vacíos interpretativos y evite que situaciones similares terminen resolviéndose de manera distinta por los órganos electorales.

La decisión final estará ahora en manos del JNE, que deberá determinar si Richard Baca queda definitivamente fuera de la contienda electoral o si puede continuar en carrera. Pero, más allá del pronunciamiento jurídico, la última palabra la tendrá la ciudadanía de Morropón en las urnas, donde corresponderá a los electores evaluar la posibilidad de que una autoridad que ya ejerce el cargo vuelva a ocuparlo mediante una fórmula electoral que ha generado cuestionamientos durante el proceso.

Su defensa legal Juan Carlos Álamo cuestionó la decisión del JEE de Morropón, que excluyó al actual alcalde y candidato a primer regidor por un caso de reelección encubierta. Sostiene que no existe una causal de exclusión prevista expresamente en la legislación electoral.

22 agosto, 2026