El Gobierno declaró por 60 días el estado de emergencia en 65 distritos de ocho provincias de Piura ante el peligro inminente de intensas lluvias asociadas al Fenómeno El Niño 2026-2027. Sin embargo, el Decreto Supremo N.° 124-2026-PCM establece que las acciones deberán financiarse con los presupuestos institucionales de las entidades involucradas y no demandarán recursos adicionales al Tesoro Público.
PIURA. El Gobierno declaró en Estado de Emergencia a 65 distritos de Piura ante el peligro inminente de intensas precipitaciones asociadas al Fenómeno El Niño 2026-2027. La medida tendrá una vigencia de 60 días y busca que las autoridades ejecuten acciones inmediatas para reducir el muy alto riesgo, así como labores de respuesta y rehabilitación.
Pero la declaratoria llega con una precisión que será clave para las autoridades regionales y locales: el decreto no contempla recursos adicionales del Tesoro Público para financiar las intervenciones.
El Decreto Supremo N.° 124-2026-PCM, publicado este martes 1 de setiembre, establece expresamente que la implementación de las acciones previstas deberá financiarse con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados.
Es decir, la declaratoria de emergencia habilita la ejecución de medidas de excepción, reducción del riesgo, respuesta y rehabilitación, pero no dispone una partida presupuestal adicional para Piura.
La medida alcanza a distritos de las ocho provincias de la región.
En Ayabaca están incluidos Ayabaca, Frías, Jililí, Lagunas, Montero, Pacaipampa, Paimas, Sapillica, Sicchez y Suyo.
En Huancabamba, la declaratoria comprende Canchaque, El Carmen de la Frontera, Huancabamba, Huarmaca, Lalaquiz, San Miguel de El Faique, Sondor y Sondorillo.
En Morropón, están incluidos Buenos Aires, Chalaco, Chulucanas, La Matanza, Morropón, Salitral, San Juan de Bigote, Santa Catalina de Mossa, Santo Domingo y Yamango.
En Paita, figuran Amotape, Arenal, Colán, La Huaca, Paita, Tamarindo y Vichayal.
En la provincia de Piura, fueron incluidos Castilla, Catacaos, Cura Mori, El Tallán, La Arena, La Unión, Las Lomas, Piura, Tambogrande y Veintiséis de Octubre.
En Sechura, la medida alcanza a Bellavista de la Unión, Bernal, Cristo Nos Valga, Rinconada Llicuar, Sechura y Vice.
En Sullana, comprende Bellavista, Ignacio Escudero, Lancones, Marcavelica, Miguel Checa, Querecotillo, Salitral y Sullana.
Finalmente, en Talara, están considerados El Alto, La Brea, Lobitos, Los Órganos, Máncora y Pariñas.
Durante los 60 días de vigencia, los gobiernos regionales y locales comprendidos deberán ejecutar las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias para reducir el muy alto riesgo existente, además de las labores de respuesta y rehabilitación que correspondan.
Estas acciones tendrán la coordinación técnica y seguimiento de INDECI, con participación de diversos sectores del Gobierno Nacional, entre ellos Salud, Educación, Desarrollo Agrario y Riego, Vivienda, Defensa, Interior, Transportes y Comunicaciones y Energía y Minas.
El decreto también establece que las intervenciones deberán tener relación directa con el peligro identificado y estar sustentadas en estudios técnicos de las entidades competentes.
La decisión se sustenta en información técnica de INDECI, SENAMHI, CENEPRED y ENFEN, entre otras entidades.
El informe situacional utilizado para sustentar la declaratoria señala una alta probabilidad de intensas precipitaciones pluviales y considera el contexto de continuidad de El Niño Costero y el desarrollo de El Niño en el Pacífico ecuatorial central.
Además, el documento establece que la capacidad de respuesta de los gobiernos regionales involucrados para atender el peligro inminente ha sido sobrepasada, razón por la cual se considera necesaria la intervención técnica y operativa de entidades del Gobierno Nacional.
El caso es considerado una emergencia de nivel 4.
La emergencia coloca a 65 distritos de Piura dentro de un régimen excepcional para ejecutar medidas frente al riesgo de lluvias, pero el decreto deja claro que no habrá recursos adicionales del Tesoro Público: las entidades deberán financiar las acciones con sus propios presupuestos institucionales.
Esto coloca ahora el foco en la capacidad de las autoridades regionales y municipales para identificar, priorizar y ejecutar las intervenciones urgentes durante los 60 días de emergencia.