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JNE declara la vacancia del alcalde de Castilla por contratar a socio comercial con fondos municipales

El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró fundada la apelación presentada contra el alcalde distrital de Castilla, Walther Guerrero Silva, y dispuso su vacancia por incurrir en la causal de restricción de contratación prevista en la Ley Orgánica de Municipalidades.

La decisión fue adoptada la noche del lunes 18 de mayo y revoca el Acuerdo de Concejo N.° 06-2025-CDC, aprobado el 16 de diciembre de 2025, mediante el cual el propio concejo municipal había rechazado el pedido de destitución.

Según lo expuesto durante el proceso, la Municipalidad Distrital de Castilla contrató durante nueve meses consecutivos a Fidel Humberto Barreto González, quien mantiene vínculos societarios vigentes con el alcalde en al menos cuatro empresas privadas.

Contrataciones observadas por el OCI

El caso se sustenta en el Informe de Acción Posterior de Oficio N.° 025-2025-2-2407-AOP, emitido el 15 de agosto de 2025 por el Órgano de Control Institucional (OCI) de la municipalidad.

El documento concluye que Fidel Humberto Barreto González fue contratado de manera reiterada para realizar labores vinculadas al área de presupuesto municipal, pese a que, según el informe, no cumplía con el perfil profesional requerido ni registraba experiencia previa como proveedor del Estado.

De acuerdo con el informe, la comuna suscribió tres órdenes de servicio consecutivas durante el 2024. La primera, la Orden de Servicio N.° 516, fue emitida el 4 de marzo por un periodo de tres meses y un monto de S/ 10.500. Luego, el 6 de junio, se aprobó la Orden de Servicio N.°1120 bajo las mismas condiciones contractuales y económicas. Finalmente, el 17 de septiembre se emitió la Orden de Servicio N.° 1772, nuevamente por tres meses y por S/ 10.500. En conjunto, la municipalidad desembolsó S/ 31.500 por los servicios prestados.

El OCI advirtió además que dichas contrataciones no figuraban en el cuadro multianual de necesidades y que el estudio de mercado solo incluyó una cotización, lo que indica que habría sido ‘’contratado a dedo’’ sin competir con otros postores. 

La investigación también determinó que el proveedor compartía participación empresarial con el alcalde en las compañías Natividad S.A.C., IEP Asunción S.A.C., Rufina S.A.C. e IEP San Juan S.A.C., firmas que el contratado consignó como experiencia laboral en su hoja de vida.

“La defensa fue bastante débil”

La audiencia pública del caso se desarrolló el pasado 15 de mayo mediante videoconferencia. Tres días después, el pleno del JNE resolvió el expediente en sesión reservada.

El abogado especialista en derecho electoral y municipal Juan Carlos Álamo señaló que el fallo confirma que el órgano electoral encontró acreditada la infracción.

“Declarar fundado el recurso de apelación es prácticamente darle la razón al solicitante y, en consecuencia, revocar el acuerdo del concejo que rechazó la vacancia”, sostuvo.

Álamo consideró además que la defensa del burgomaestre fue insuficiente. “El señor Walther Guerrero minimizó el tema, no hubo una defensa adecuada y estos son los resultados”, afirmó.

El especialista recordó que las resoluciones del pleno del JNE son definitivas e inapelables en sede electoral, aunque precisó que podría intentarse una demanda de amparo ante el Poder Judicial, recurso que no suspende los efectos de la vacancia.

La solicitud fue presentada en septiembre de 2025 por el colectivo Castilla Moderna Sin Corrupción, encabezada por Miguel Antonio Espinoza Saldarriaga, luego de que el concejo distrital rechazara el pedido por unanimidad.

Espinoza Saldarriaga indicó que la presunta irregularidad fue detectada tras revisar registros empresariales en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).

“Fuimos a Sunarp y encontramos fichas registrales de varias empresas donde aparecían el alcalde y el proveedor contratado”, declaró.

El dirigente también denunció que las comunicaciones remitidas por el colectivo a los regidores fueron devueltas por la gerencia municipal, situación que, según dijo, los obligó a recurrir a un juez de paz para formalizar las notificaciones.

Asimismo, cuestionó que el proveedor contratado no tuviera formación especializada en economía o gestión presupuestal y aseguró que los informes por los cuales fue contratado “nunca fueron entregados”.

¿Qué ocurrirá ahora?

El JNE deberá emitir la resolución formal en un plazo estimado de entre 20 y 30 días. Una vez notificada a las partes y publicada en el diario oficial El Peruano, la vacancia entrará en vigencia.

Hasta entonces, Guerrero Silva continuará ejerciendo el cargo con todas sus atribuciones.

Al concretarse la salida definitiva del alcalde, el primer regidor, Julio Vásquez Alberca, asumirá la conducción de la Municipalidad Distrital de Castilla, conforme a lo establecido por ley.

Álamo indicó además que el JNE suele remitir este tipo de expedientes al Ministerio Público para la evaluación de eventuales responsabilidades penales.

“Quizás podemos hablar de una colusión, pero eso deberá determinarse en una investigación fiscal”, explicó.

Respecto de los regidores que votaron en contra de la vacancia en diciembre pasado, el especialista precisó que el sentido del voto en el concejo no genera responsabilidad penal automática.

Aunque la decisión representa un duro golpe político para el alcalde de Castilla, la vacancia no le impide postular en las elecciones regionales y municipales de 2026.

“La vacancia no genera impedimento electoral, a diferencia de la revocatoria”, explicó Álamo. No obstante, reconoció que el caso supone “un desgaste político y moral” que podría afectar cualquier aspiración futura del burgomaestre.

El máximo órgano electoral determinó que la comuna distrital pagó S/ 31.500 a un empresario vinculado societariamente con el burgomaestre Walther Guerrero Silva. La resolución definitiva será emitida en las próximas semanas.

19 mayo, 2026